Texto completo (versión de G. Fatás)
Notas. La frase parna-sse-a suwaizzi, “y lo retornará a
casa”, aparece al final de 50 artículos sobre daños materiales. Algunos
proponen traducir “y así apartará la culpa del ámbito de su casa”. Hemos
preferido darle el sentido de “y así restituirá” [el derecho del dañado; esto
es, habrá ya compensado], aunque no es tampoco seguro. El término “trabajador”
alude a alguien que tiene una concesión de tierras (parece que siempre de
titularidad regia].
1. Si alguno mata a un hombre o a una mujer en una
disputa, el homicida debe devolver su cuerpo a su descendiente, o heredero y
darle 4 cabezas [probabl. esclavos, en compensación], hombres o mujeres; y así
restituirá.
2. Si alguno asesina a un hombre o a una mujer esclavos
en una disputa, el homicida debe devolver su cuerpo a su descendiente o
heredero y dar 2 cabezas [¿esclavos?] hombres o mujeres, y así restituirá.
3. Si alguno golpea a un hombre o a una mujer libres de
forma que ella muere y ello ocurre solamente por error (sin premeditación), el
agresor debe devolver el cuerpo a su descendiente o heredero y darle 2 cabezas
[¿esclavos?] como compensación.
4. Si alguno golpea a un hombre o a una mujer esclavos de
modo que muere y ello ocurre sin premeditación, el agresor debe devolver su
cuerpo a su descendiente o heredero y dar una cabeza [¿esclavo?]; y así
restituirá.
5. Si alguno asesina a un comerciante hitita, pagará 100
minas de plata; y así restituirá. Si el crimen se comete en el país de Luwiya o
en el país de Pala, el asesino pagará 100 minas de plata y hacer compensación
por sus bienes. Si el crimen se cometiera en el país de Hatti, debe (además de
lo anterior) devolver él mismo el cuerpo del comerciante a su descendiente o
heredero.
6. Si una cabeza [persona], hombre o mujer, es encontrada
muerta en otra ciudad, aquel en cuya propiedad muera ése, debera separar 100
gipessar de su propia tierra y el descendiente del difunto debe tomarla.
6b. Si un hombre es encontrado muerto en el campo o erial
de otro hombre, si el difunto es hombre libre (el dueño del terreno) debe dar
el campo y erial, su casa, 1 mina y 20 siclos de plata. Si el difunto es una
mujer libre (el dueño) pagará 3 minas de plata. Pero, si el lugar no es un
erial o campo de otro, deberán medir 3 míllas en una dirección y 3 millas en la
contraria, y cualquier poblado que quede incluido dentro, (el heredero del
difunto) tomará estas gentes y tierras. Si no hay ningún poblado dentro de esta
area, pierde [no ha lugar a] su reclamación.
7, Si alguno deja ciega a una persona libre o rompe sus
dientes, antaño pagaba 1 mina de plata, pero ahora pagará 20 siclos de plata; y
así restituirá.
7b. Si alguno deja ciego a un hombre en una pelea, pagará
1 mina de plata. Si ello ocurre sólo por azar, pagará 20 siclos de plata.
8. Si alguno deja ciego a un hombre o mujer esclavos o
arranca sus dientes pagará 10 siclos de plata; y así restituirá.
8b. Si alguno deja ciego a un esclavo por una pelea
pagará 20 siclos de plata. Si ocurre sin intención pagará 10 siclos de plata.
7&8. Si alguno le arranca 2 ó 3 dientes a un hombre
libre: pagará 12 siclos de plata. Si es un esclavo, pagará 6 siclos de plata.
9. Si alguno golpea la cabeza de un hombre antaño pagaba
6 siclos de plata. El hombre herido recibía 3 siclos y 3 siclos recibía el
Palacio. Pero ahora el rey ha abolido la parte del Palacio y sólo recibrá 3
siclos el hombre herido.
9b. Si alguno golpea a un hombre en la cabeza, el hombre
herido recibirá 3 siclos de plata.
10. Si alguno golpea en la cabeza a una persona y resulta
enferma, debe cuidarla. En su lugar debe proveer a un hombre, que trabajará a
su costa en la casa hasta que se recupere, deberá pagarle 6 siclos de plata y
pagar las servicios del médico.
10b. Si alguno hiere en la cabeza a un hombre libre debe
cuidar de él. Debe proveer de un hombre que en lugar del herido dirija la
familia hasta que se recupere. Cuando se recupere, el agresor pagará 10 siclos
de plata al hombre herido. Y en pago al médico, el agresor dará 3 siclos de
plata. Si el agresor es un esclavo pagará 2 siclos de plata.
11. Si alguno rompe la mano o el pie a un hombre libre,
le pagará 20 siclos de plata; y así restituirá.
11b. Si alguno rompe la mano o el pie de un hombre libre
y si éste queda mutilado para siempre, el agresor le pagará 20 siclos de plata.
Si no queda mutilado para siempre, le pagará 10 siclos de plata.
12. Si alguno rompe el pie o la mano de un esclavo,
hombre o mujer, pagará 10 siclos de plata; y así restituirá.
12b. Si alguno rompe la mano o el pie de un esclavo y si
él queda para siempre mutilado, el agresor pagarále 10 siclos de plata. Si él
no queda mutilado para siempre pagarále 5 siclos de plata.
13. Si alguno arranca (de un mordisco) la nariz de una
persona libre, pagará 1 mina de plata y así restituirá.
13b. Si alguno arranca la nariz de un hombre libre pagará
30 siclos de plata.
14. Si alguno arranca la nariz de un esclavo, hombre o
mujer, pagará 3 siclos de plata; y así restituirá.
14b. Si alguno arranca la nariz de un esclavo pagará 15
siclos de plata.
15 y 15 b. Si alguno desgarra la oreja de un hombre
libre, pagará 12 siclos de plata.
16. Si alguno desgarra la oreja de un esclavo, hombre o
mujer, pagará 3 siclos de plata.
17. Si alguno causa aborto a una mujer libre; si estaba
en el décimo mes [lunar] de embarazo pagará 10 siclos de plata; si estaba en el
quinto mes, pagará 5 siclos de plata ; y así restituirá.
17b. Si alguno causa aborto a una mujer libre pagará 20
siclos de plata.
18. Si alguno causa aborto a una mujer esclava, si es en
el décimo mes [lunar] de embarazo pagará 5 siclos de plata.
18b. Si alguno causa aborto a una mujer esclava, pagará
10 siclos de plata.
19. Si un luvita secuestra a una persona libre, hombre o
mujer, de Hattusa y la saca a Arzawa, cuando su dueño lo persiga y lo
encuentre, el secuestrador debe darle su fortuna entera. Si aquí en Hattusa un
hitita secuestra a un luvita libre y lo saca a Luwiya, antaño daba 12 esclavos,
pero ahora dará 6 cabezas [¿esclavos?] y así restituirá.
20. Si cualquier hombre libre hitita roba un esclavo
hitita de la tierra de Luwiya y lo trae al país de Hatti y si el dueño lo
descubre, el ladrón debe darle 12 siclos de plata; y así restituirá.
21. Si alguno roba un esclavo de un luvita de la tierra
de Luwiya y lo trae al país de Hatti, si su dueño lo descubre sólo deberá
recuperar su esclavo. No habrá [otra] compensación.
22. Si un esclavo escapa y alguno lo devuelve: si fue
hallado en las cercanías, el dueño debe darle un par de zapatos. Si lo halló a
este lado del río debe darle 2 siclos de plata; y si lo halló más allá del río,
debe darle 3 siclos de plata.
23. Si un esclavo escapa y va a la tierra de Luwiya, el
dueño debe dar a quien lo devuelva 6 siclos de plata. Si un esclavo escapa y va
a un país enemigo, el que lo recupere tomará el esclavo para sí.
24. Si un esclavo, hombre o mujer, escapa, aquél en cuya
casa sea hallado por su dueño pagará la paga normal de un hombre por un año, 2
minas y media de plata, o pagará la paga normal de una mujer por un año, 50
siclos de plata.
25. Si una persona contamina una tinaja de almacén o una
cisterna, antaño pagaba 6 siclos de plata. A la persona dañada le pagaba 3
siclos de plata. Pero ahora el rey ha renunciado a la parte del Palacio y el
contaminador sólo pagará 3 siclos de plata; y así restituirá.
26. Si una mujer repudia a su marido pagará [...] y a su
linaje [...]; el hombre recibirá los niños. Si, de otra manera, el hombre se
divorcia de la mujer, él puede venderla. Cualquiera que la compre deberá pagar
12 siclos de plata.
27. Si un hombre libre toma a su esposa y la lleva a su
casa, toma su dote con ella. Si la mujer muere allí, él toma su dote. Pero si
ella muere en la casa de su padre, y allí están los niños, el hombre no tomará
esa dote.
28. Si una muchacha está prometida a un hombre libre,
pero se fuga con otro, tan pronto como se fugue debe compensar al primer hombre
por lo que él haya dado por ella. Los padres no necesitan dar compensación.
Pero si los padres la dan a otro hombre, los padres deben dar compensación. Y
si los padres rehúsan dar compensación, las autoridades deberán separarla de su
segundo hombre.
29. Si una muchacha está prometida a un hombre libre y él
ya ha solicitado la dote por ella y después los padres rompen el compromiso,
los padres pueden separarla del hombre libre, pero deben dar al hombre
compensación del doble de la dote.
30. Si el hombre no ha tomado aún a la muchacha, puede
rehusar tomarla, pero renuncia a la dote que él ha solicitado.
31. Si un hombre libre y una muchacha esclava llegan a
amarse y viven juntos y él la toma como esposa y crean un hogar y tienen hijos;
si después riñen o se separan deberán dividir los bienes del hogar por mitad y
el hombre puede tomar a los hijos, pero la mujer tomará a un niño.
32. Si un esclavo toma a una mujer libre como su esposa,
la ley es la misma para ellos.
33. Si un esclavo toma a una muchacha esclava, la ley es
la misma para ellos.
34. Si un esclavo paga la dote por una mujer libre y la
toma como su esposa, nadie puede hacerla caer en la esclavitud.
35. Si un guarda o un pastor se fuga con una mujer libre
y no paga dote por ella, ella se convierte [a efectos sociales y legales] en
esclava durante 3 años.
36. Si un esclavo paga la dote por un joven libre y lo
toma como prometido para su hija no puede caer [el joven] en la esclavitud [no
tendrá consideración legal de esclavo, aunque vaya a ser yerno y esposo de
esclavos].
37. Si alguien se fuga con una mujer y un grupo va tras
ellos; si 2 ó 3 hombres mueren en la persecución no habrá compensación. Se le
dirá al fugado: te has convertido en un lobo [fórmula ritual que lo convierte
en enemigo público].
38. Si varios hombres están en una pelea y uno va a ellos
para ayudar a uno de ellos; si el rival irritado en la pelea golpea al llegado
y éste muere, no habrá compensación.
39. Si una persona ocupa el campo de otra [asignado hasta
entonces a otra], debe realizar el sahhan servicio - (a su superior). Si rehúsa
reclamar el campo, otro puede tomarlo, pero no puede venderlo [es posesor, no
propietario].
40. Si un trabajador falta y un dueño (¿de señorío?) es
asignado en su lugar y ese dueño dice: "Éste es mi trabajo y éste mi
servicio sahhan, se comprometerá por escritura sellada sobre los campos de ese
trabajador; entonces llevará a cabo el trabajo y el servicio sahhan. Si rehúsa
realizar el trabajo, se declarará vacante el campo del trabajador y los hombres
de la ciudad podrán trabajarlo. Si el rey lo asigna a un desterrado [?],
deberán darle los campos y se convertirá en un trabajador.
41. Si el dueño de una tenencia [¿regia?] la deja vacante
y un trabajador es asignado en su lugar, y éste dice: "Éste es mi trabajo
y éste mi servicio sahhan, se comprometerá en escritura sellada por el campo
del dueño de la tenencia; entonces realizará el trabajo y el servicio sahhan.
Si rehúsa realizar el servicio sahhan, los campos del dueño de la tenencia se
asignarán al Palacio y el servicio sahhan habrá concluido.
42. Si alguno alquila a una persona y ésta va a la guerra
y muere, si le ha sido dada su paga, el alquilador no ha de dar compensación;
pero si no le había pagado la soldada, debe dar 2 cabezas [¿esclavos?] como
sueldo y pagará también 12 siclos de plata; como paga para una mujer deben
darse 6 siclos de plata.
43. Si un hombre vadea un río con su buey y otro hombre
le hiere con un instrumento afilado y aquél se coge a la cola del buey y cruza
el río, pero el río se lo lleva aguas abajo, las autoridades tomarán (preso) al
asesino.
44. Si alguno empuja a un hombre a un fuego, y muere, el
agresor debe dar al heredero del muerto uno de sus hijos.
44b. Si alguno hace una lustración a un hombre, debe
tirar los restos al pozo de incineración. Si los tira fuera y los abandona en
otro campo o casa, es sortilegio y el caso irá al tribunal real.
45. Si alguno encuentra herramientas, debe devolverlas a
su dueño y éste le recompensará. Si no las devuelve, se hace ladrón. Si alguno
encuentra herramientas o un buey, oveja, caballo o asno, debe llevar lo hallado
a su amo y devolverlo. Si no puede hallar al dueño y lo acredita con testigos y
luego el dueño ve lo hallado en poder del hallador, habrá perdido lo que
extravió, de acuerdo con la ley. Pero si el hallador no aseguró con testigos su
intento de hallar al dueño y, luego, el dueño lo halla, se hace ladrón y debe
hacer compensación de 3 reses.
46. Si en un pueblo alguno posee campos y condición de
siervo, como un don; si el campo le ha sido dado enteramente prestará servicios
luzzi, si sólo tiene pequeña parte del campo, no necesita realizar el servicio
luzzi. Mejor los prestará en casa de su padre. Si a un kule le da una división
del campo de la donación del iwaru o se le da un campo a un hombre de la
ciudad, debe prestar servicio luzzi.
46b. Si alguno posee tierras como don del rey, no ha de
prestar servicio luzzi. El rey tomará un pan de su mesa y se lo dará. Si alguno
compra todos los campos de un trabajador, debe prestar servicio luzzi.. Si
compra sólo una gran parte de los campos no ha de prestar servicios luzzi. Si
un kule divide los campos o un hombre de la ciudad se los da, debe prestar
servicios luzzi.
47. Si alguno posee campos y eriales como don del rey, ha
de prestar servicios luzzi. Si el rey los exime no ha de prestar servicios
luzzi.
47c. Si alguno compra un campo y erial entero de un
trabajador y el antiguo dueño del campo y erial lo abandona, el nuevo dueño
debe realizar los servicios sahhan que el rey le marque. Si el antiguo dueño
del campo y erial vive aún, o si su casa existe aún, sea en esta tierra, sea en
otra, el nuevo dueño no ha de hacer servicio sahhan.
47d. Si alguno posee un campo y erial como don del rey,
ha de realizar los servicios luzzi por esos campos. Si el rey los exime no ha
de prestar servicios luzzi. Si alguno compra todos los campos de un trabajador,
preguntarán al rey, y se harán los servicios luzzi que el rey ordene. Si compra
además cualesquiera otros campos, no ha de prestar nuevos servicios luzzi . Si
el campo y erial está vacante o la gente de la aldea se lo da, debe prestar
servicios luzzi.
48. Un hombre hipparas presta los servicios luzzi. Nadie
puede tener transacciones comerciales con un hombre hipparas. Nadie puede
comprar su hijo y su campo o su vida. Cualquiera que tenga transacciones
comerciales con un hombre hipparas será penalizado con el precio de la compra.
Lo que el hombre hipparas vendió le será devuelto.
48b. En el caso del hombre hipparas, prestará los
servicios luzzi, con un hombre hipparas nadie nuede tener transacciones
comerciales; nadie puede comprar a su hijo, su campo o su vida. Quien tenga
transacciones comerciales con un hombre hipparas será penalizado con el precio
de la compra; el hombre hipparas podrá recuperar lo que vendió.
49. Si un hombre hipparas roba no podrá haber compensación.
Si hay una asociación (de hipparas) la asociación hará la compensación. Si
fueran acusados de ladrones y se encubrieran todos, podrían todos ser
considerados ladrones. Si alguno fuera garante de éste, y otro avalara al
anterior, podrían así evadir el reconocimiento de la autoridad del rey.
50. La gente ukke que vive en Nerik y los sacerdotes de
Arinna y Ziplanta /.../ sus casas en estas ciudades estarán exentas. Pero sus
asociaciones prestarán los servicios luzzi. La casa de un hombre que viva en
Arinna durante 11 meses y en cuya puerta se plante un jalón zyan es que está
exenta.
51. Antaño cualquiera que se hacía tejedor en Arinna
estaba, junto con su casa, exento. Pero ahora sólo estará exenta su propia
casa; sus socios y siervos deberán prestar ser vicios sahhan y luzzi. Lo mismo
ocurrirá en Ziplanta.
52. El esclavo de una casa de piedra [mausoleo], el
esclavo de un príncipe, y el del superintendente de las residencias reales que
tienen tierras entre los trabajadores, prestan los servicios luzzi..
53. Si un trabajador y su socio viven juntos pero riñen y
deciden dividir la propiedad de su casa; si hay en su tierra 10 esclavos, el
trabajador debe tomar 7 esclavos y su socio tomará 3 esclavos. El ganado y
ovejas de su tierra los dividirán en igual proporción. Si alguno posee un don
real con escritura, si ellos dividen su antigua hacienda el trabajador tomará
dos partes del don y su socio tomará una parte.
54. [Como] antaño, las tropas manda, sala, las de las
ciudades de Tamalki, Hatra, Zalpa, Tashiniya, Hamuwa, los arqueros, los
carpinteros, los lacayos y sus hombres karubala no prestan los servicios luzzi
ni sahhan.
55. Cuando ciudadanos de Hatti que hubieran caído en
servidumbre se inclinan ante el padre del rey y dicen: Nadie nos paga un
sueldo, se niegan diciendo: Tú eres siervo, el padre del rey se levantará en la
Asamblea y los declarará bajo su protección, diciendo: Ve y seas como tus
camaradas! [lo declara libre]. [Parece narrar un hecho que la ley sigue
considerando doctrina aplicable y ratificada].
56. Ninguno de los herreros [trabajadores del metal]
estará exento de acudir a una campaña del rey contra una fortaleza, para
cosechar una viña. Los jardineros prestarán también en todos los aspectos los
servicios luzzi.
57. Si alguno roba un toro, si es recién nacido no es un
toro; si tiene un año, no es un toro; si tiene 2 años es un toro. Antaño
debería dar 30 (cabezas de) ganado. Ahora dará 15 cabezas de ganado: 5 de dos
años, 5 de un año y 5 crías; y así restituirá.
58. Si alguno roba un semental, si es recién nacido no es
un semental; si tiene un año no es un sernental; si tiene dos años es un
semental. Antaño debería dar 30 caballos. Ahora dará 15 caballos: 5 de dos
años, 5 de un año y 5 crías; y así restituirá.
59. Si alguno roba un carnero de calidad, antaño daría 30
ovejas. Ahora dará 15 ovejas: 5 hembras, 5 machos y 5 crías; y así restituirá.
60. Si alguno encuentra un toro y lo castra; si el dueño
lo descubre, el ladrón deberá dar 7 reses: 2 de dos años, 3 de un año y 2
crías; y así restituirá.
6l. Si alguno encuentra un semental de caballo y lo
castra; si el dueño lo descubre, el ladrón deberá darle 7 caballos: 2 de dos
años, 3 de un año y 2 crías; y así restituirá.
62. Si alguno encuentra un carnero y lo castra; si el
dueño lo descubre, el ladrón deberá dar 7 ovejas: 2 hembras, 3 machos y 2
crías; y así restituirá.
63. Si alguno roba un buey de labor, antaño debería dar
/.../ Ahora debe dar 10 [reses]: 3 de dos años, 3 de un año y 4 crías; y así
restituirá.
64. Si alguno roba un caballo de tiro su pena estará en
igual proporción.
65. Si alguno roba un gamo domado o un ciervo entrenado,
la compensación es la misma que la de un buey de labor robado.
66. Si un buey de labor o un caballo de tiro, o una vaca,
o una mula, se pierde en otro corral, o si un gamo domado, o una oveja, o un
carnero se pierde en otro aprisco y su dueño lo halla, puede tomar el animal
suyo con todo derecho; pero no se tendrá al dueño del corral por ladrón.
67. Si alguno roba una vaca, antaño debía dar 12 reses;
ahora debe dar 6: 2 de dos años, 2 de un año y 2 crías; y así restituirá.
68. Si alguno roba una yegua de tiro, su pena estará en
igual proporción.
69. Si alguno roba una oveja o un carnero, antaño debía
dar 12 ovejas. Ahora debe dar 6 ovejas: 2 ovejas, 2 carneros y 2 crías; y así
restituirá.
70. Si alguno roba un buey, un caballo, una mula o un
asno, y su dueño lo descubre, el dueño tomará su animal con todo derecho.
Además el ladrón debe darle otro animal.
71. Si alguno encuentra un buey o una mula, debe
conducirlo a la Puerta del rey. Si se lo encuentra en el campo, los ancianos
pueden dejarlo bajo su custodia y él puede uncirlo para trabajar. Cuando el
dueño lo encuentre, puede tomar su animal con todo derecho, pero no puede
detenerlo por ladrón. Si los ancianos no lo habían dejado bajo su custodia, sí
se hace ladrón.
72. Si un buey muere en el campo de alguno, el dueño del
campo debe dar 2 bueyes; y así restituirá.
73. Si alguno mata y descuartiza a un buey vivo
[extraviado] ese hombre es en justicia un ladrón.
74. Si alguno quiebra el cuerno o las patas de un buey,
debe tomar a ese animal y dar al dueño del buey otro en buen estado. Pero si el
dueño del buey dice: "Prefiero mi propio buey", podrá tomarlo y el
otro hombre pagará al dueño 2 sicios de plata.
75. Si alguno unce a un buey, caballo, mulo o asno
[alquilados] para trabajar y éste muere o un lobo lo devora, o lo pierde,
deberá dar la compensación marcada por la ley. Pero si él alega: "Se murió
por la mano de Dios", deberá ratificar lo que dice con juramento.
76. Si alguno toma un buey, caballo, mulo o asno con
garantía (de préstamo) y muere en su posesión, deberá traerlo [el cuerpo] a su
dueño y pagar su alquiler.
77a. Si alguno golpea a una vaca preñada y le causa
aborto, pagará 2 siclos de plata. Si alguno golpea a una yegua preñada y le
causa aborto, pagará 2 siclos de plata.
77b. Si alguno ciega el ojo de un buey o un caballo
pagará 6 siclos de plata; y así restituirá.
78. Si alguno alquila un buey y le pega con látigo o lo
azota y su dueño lo descubre, el hombre debe dar 1 parisu de grano.
79. Si unos bueyes van por el campo y y el dueño del
campo los encuentra, puede uncirlos durante un dia. Pero tan pronto como salgan
las estrellas debe llevarlos a su dueño.
80. Si alguno arrebata una oveja a un lobo, su dueño
tomará la carne para sí y el pastor tomará la lana.
81. Si alguno roba un cerdo cebado, antaño debía dar 1
mina de plata. Ahora debe dar 12 siclos de plata; y así restituirá.
82. Si alguno roba un cerdo de campo pagará 6 siclos de
plata; y así restituirá.
83. Si alguno roba una puerca que vaya a parir pagará 6
siclos de plata. Contarán también los lechones y debe dar 1 parisu de grano por
cada 2 lechones; y así restituirá.
84. Si alguno golpea a una cerda que vaya a parir, y ella
muere, el veredicto justo será el mismo.
85. Si alguno separa a un lechón de la camada y lo roba,
debe dar 2 parisu de grano.
86. Si un cerdo se mete dentro de un montón de grano o en
un campo o en un jardín y el dueño del grano o del campo o del jardín lo golpea
y muere, debe devolverlo a su dueño. Si no lo devuelve, se hace ladrón.
87. Si alguno golpea al perro de un pastor y muere pagará
20 siclos de plata; y así restituirá.
88. Si alguno golpea al perro de un cazador y muere,
pagará 12 siclos de plata; y así restituirá.
89. Si alguno golpea a un cerdo de campo y muere, pagará
un siclo de plata.
90. Si un perro devora manteca de cerdo y el dueño de la
manteca lo descubre, puede matarlo y recobrar la manteca de su estómago. No
habrá otra compensación.
91. Si alguno roba abejas en un enjambre antaño pagaba
/.../ siclos de plata. Ahora pagará 5 siclos de plata; y así restituirá.
92. Si alguno roba 2 ó 3 colmenas de abejas, antaño era
expuesto a su picadura. Ahora pagará 6 siclos de plata. Si alguno roba una
colmena de abejas mientras no están en su interior [vacía] pagará 3 siclos de
plata.
93. Si se coge a un hombre libre al inicio (de un
escalo), y aún no ha entrado en la casa, pagará 12 siclos de plata. Si se coge
a un esclavo al inicio (de un escalo), y aún no ha entrado en la casa, pagará 6
siclos de plata.
94. Si un hombre libre asalta una casa, debe devolver los
bienes según la ley. Por el robo antaño pagaba 1 mina de plata; ahora sólo
pagará 12 siclos de plata. Si él roba mucho, se lo impondrá pena más cuantiosa,
si roba poco se le impondrá pena más ligera; y así restituirá.
95. Si un esclavo asalta una casa, devolverá los bienes
según la ley. Por el robo pagará 6 siclos de plata. También se cortarán las
orejas y nariz del esclavo y se le devolverá a su dueño. Si él roba mucho, se
lo impondrá pena más cuantiosa, si roba poco se le impondrá pena más ligera. Si
el dueño dice: 'Yo compensaré por él', puede hacer compensación; si él rehúsa,
perderá el esclavo.
96. Si un hombre libre asalta un granero y halla grano en
él, debe rellenar el granero con grano y pagar 12 siclos de plata; y así
restituirá.
97. Si un esclavo asalta un granero y encuentra grano en
él, debe rellenar el granero con grano y pagar 6 siclos de plata; y así
restituirá.
98. Si un hombre libre incendia una casa debe
reconstruirla. Lo que se haya destruido en ella, hombre, ganado, ovejas, no
necesita ser repuesto en su valor total.
99. Si un esclavo incendia una casa, su dueño debe hacer
compensación en su nombre. Se le cortarán la nariz y orejas al esclavo y se
devolverá a su dueño. Si el dueño no hace compensación, perderá a ese esclavo.
100. Si alguno prende fuego a un henar, alimentará al
ganado del dueño y repondrá en la siguiente primavera, debe también reformar el
cobertizo. Si no había nada en él sólo debe reconstruirlo.
101. Si alguno roba una cepa de viña, un zarcillo, un
árbol karpinas, o cebollas, antaño pagaba por 1 cepa, 1 siclo de plata; por 1
zarcillo, 1 siclo de plata; por un árbol karpinas, 1 siclo de plata; por una
cebollera,1 siclo de plata. Además debían golpearlo con las lanzas. Antaño
hacían así, pero ahora pagará, si es un hombre libre, 6 siclos de plata; y si
es esclavo, pagará 3 siclos de plata.
102. Si alguno roba madera de un embalse, si es por un
talento de madera, pagará 3 siclos de plata, si es por 2 talentos de madera, 6
siclos de plata; si es por 3 talentos de madera, es un caso para el tribunal
del rey.
103. Si alguno roba plantas en cultivo, si es por valor
de 1 gipessar de plantas, las replantará y pagará 1 siclo de plata; si son por
2 gipessar de plantas, las replantará y pagará 2 siclos de plata.
104. Si alguno tala un granado o un níspero pagará /.../
siclos de plata; y así restituirá.
105. Si alguno prende un fuego y se extiende a un huerto
de frutales y viñas, manzanos, granados o nísperos se incendian, pagará 6
siclos de plata por árbol, y debe replantarlos; y así restituirá. Si es un
esclavo, pagará 3 siclos de plata.
106. Si alguno hace fuego en un campo y deja que pase al
campo cultivado de su vecino y se prende fuego ese campo; el que prendió el
fuego debe tomar el campo quemado y dar a cambio un campo bueno al dueño dañado
y la siguiente cosecha será para éste.
107. Si un hombre mete su rebaño en una viña cultivado y
la arruina, si no ha sido cosechada aún, pagará 10 siclos de plata por cada
IKU; y así restituirá. Pero si está cosechada sólo tiene que pagar 3 siclos de
plata.
108. Si alguno roba zarcillos de una viña vallada, si
(hay) 100 cepas, pagará 6 siclos de plata; y así restituirá. Si la viña no está
vallada, y roba zarcillos, pagará 3 siclos de plata.
109. Si alguno desvía el canal de riego de un huerto de
frutales, si hay 100 árboles, pagará 6 siclos de plata.
110. Si alguno roba yeso [argamasa] de una fosa, tanto
cuanto robe, debe devolver el doble.
111. Si alguno moldea un purut con un muñeco [para
clavarle alfileres, etc.: magia simpática], es sortilegio y es un caso para el
tribunal del rey.
112. Si se da a un deportado (?) el campo de un
trabajador y grano, durante 3 años no ha de hacer servicio sahhan. En el cuarto
año debe hacer servicio sahhan con los otros trabajadores.
113. Si alguno tala una viña, ese hombre debe quedarse
con la viña talada y dar una viña buena al dueño dañado, y la primera cosecha
puede recogerla de ella, hasta que se resarza al hombre de la viña.
114-118: perdidos o fragmentarios.
119. Si alguno roba un ave de laguna entrenada o una
perdiz amaestrada [reclamo], antaño pagaba 1 mina de plata; ahora pagará 12
siclos de plata; y así restituirá.
120. Si alguno roba un pájaro joven amaestrado, si [hay]
10 pájaros [¿si el robo es a un criador?], pagará 1 siclo de plata.
121. Si un hombre libre roba un arado, el dueño lo
colocará bajo un appalassas y deberá morir por el buey. Antaño hacían así.
Ahora pagará 6 siclos de plata; y así restituirá. Si es un esclavo, pagará 3
siclos de plata.
122. Si alguno roba un carro con sus accesorios, antaño
pagaba 1 siclo de plata. Ahora pagará /... / siclos de plata; y así restituirá.
123. Si alguno roba un /.../ de madera, antaño /.../ Pero
ahora /.../ pagará 3 siclos de plata; y así restituirá.
124. Si alguno roba una sisiyamna pagará 3 siclos de
plata; y así restituirá . Si alguno carga un carro y lo deja en un campo y
alguno lo roba, éste pagará 3 siclos de plata; y así restituirá.
125. Si alguno roba una artesa de agua pagará /.../
siclos de plata. Si alguno roba una husas o una tarusha, pagará 1 siclo de
plata.
126. Si alguno roba una bandera de guerra de la Puerta
del Palacio, pagará 6 siclos de plata. Si alguno roba una lanza de bronce en
las puertas del Palacio, será muerto. Si alguno roba un alfiler de cobre, debe
dar medio parisu de grano. Si alguno roba el hilo para un traje, debe dar un
traje de lana.
127. Si alguno roba durante una pelea una puerta, debe
hacer compensación por lo que se pierda en la casa. También pagará una mina de
plata; y así restituirá.
128. Si alguno roba ladrillos, tantos robe, tantos deberá
devolver doblados. Si alguno roba piedras de cimiento, por cada 2 piedras debe
devolver 10 piedras. Si alguno roba una piedra humasi o harmiyalli, pagará 2
siclos de plata.
129. Si alguno roba un cuero annanuzzi, un cuero
gazzimusi o un bronce katral (arreos) de un caballo o mulo, antaño pagaba 1
mina de plata. Ahora pagará 12 siclos de plata; y así restituirá.
130. Si alguno roba el /... / yattalas de un buey o un
caballo, pagará /.../ siclos de plata; y así restituirá.
131. Si alguno roba un happut-/.../ de cuero, pagará 6
siclos de plata; y así restituirá.
132. Si alguno hombre libre, roba /... /, pagará 6 siclos
de plata; y así restituirá. Si es un esclavo, pagará 3 siclos de plata.
133-141. Perdidos o muy fragmentarios.
142. Si alguno conduce un carro /.../ y alguno le roba la
rueda, dará medio parisu de grano por una rueda. Si el ladrón es un esclavo,
debe dar /.../ de grano por una rueda.
143. Si un hombre libre roba una zinna/... / de cobre o
una sankuva]li pagará 6 siclos de plata; y así restituirá. Si es un esclavo,
pagará 3 siclos de plata.
144. Si un barbero da una zinna /.../ de cobre a su
ayudante y éste la estropea, debe reponerla según la ley. Si alguno corta [rasga]
un hermoso [caro] vestido con un hanza de madera, pagará 10 siclos de plata. Si
alguno corta /.../ con /.../ pagará 5 siclos de plata.
145. Si alguno hace un establo, su patrón le pagará 6
siclos de plata. Si él abandona [el trabajo], renuncia a su paga.
146. Si alguno compra una casa, villa, jardín o pastizal,
y [el] otro hombre [vendedor] va y le amenaza y le pide un precio más alto que
el primero que pidió, como pena por la ofensa pagará 1 mina de plata. El
vendedor debe cobrar sólo el precio inicial.
147. Si alguno compra a una persona inhábil
(¿disminuida?), y otro hombre viene a hacer fuerza para esclavizarlo, pagará
como pena por la ofensa 5 siclos de plata.
148. Si alguno compra un buey, un caballo, un mulo o un
asno, y otro hombre hace fuerza para estribarlo [¿como si fuera suyo?], pagará
como pena por la ofensa 5 siclos de plata.
149. Si alguno vende un /... [¿esclavo?]/ adiestrado y
después [de cobrar] dice: ³Ha muerto", pero el nuevo dueño lo descubre
[vivo], él mismo puede tomarlo. Además [el defraudador] debe dar 2 personas; y
así restituirá.
150. Si un hombre se alquila por un sueldo para un mes,
el patrón pagará /.../ siclos de plata; si una mujer se alquila por un sueldo
para un mes, el patrón pagará /.../ siclos de plata.
151. Si alguno alquila un buey de labor por un mes pagará
un siclo de plata. Si alguno alquíla una vaca un mes, pagará medio siclo de
plata.
152. Si alguno alquila un caballo, un mulo o un asno por
un mes, pagará un siclo de plata.
153-156. Perdidos o fragmentarios.
157. Si un hacha de bronce pesa una mina, su renta
[alquiler] por un mes es 1 siclo de plata. Si un hacha de bronce pesa media
mina, su renta por un mes es medio siclo de plata. Si un tapulli de bronce pesa
1 mina, su renta por 1 mes es medio siclo de plata.
158. Si un hombre se alquila para una cosecha en la cual
se atará las poleas, tirará de carros, se meterá en el granero y limpiará la
trilla, su sueldo por 3 meses será 30 parisu de grano. Si una mujer se alquila
para la cosecha, su sueldo por 2 meses será 12 parisu de grano.
159. Si alguno apareja un tiro de bueyes por un día, su
alquiler será medio parisu de grano.
160. Si un herrero hace un recipiente PISAN de cobre de
media mina, su precio será de parisu y medio de grano. Si hace un hacha de 2
minas de peso, su precio será 1 parisu de zínc.
161. Si hace un hacha de 1 mina de peso, su precio será 1
parisu de grano.
162. Si alguno desvía el agua de un canal de riego y lo
saca de su lugar, pagará 1 siclo de plata. Si alguno altera el cauce de un
canal de riego y lo pone más alto, es caso difícil de fallar. Si alguno vuelve
a bajar ese cauce, está en su derecho.
163a. Si animales de alguno son golpeados [muertos por
epizootia] por un dios y su dueño los purifica [mata] y saca fuera, pero deja
sus reses en una fosa en el refugio sin advertirlo al vecino, y el vecino no lo
sabe y lleva a sus animales a esa fosa y ellos mueren [contagiados], entonces
hace falta compensación.
163b. Si los animales de alguno son castigados por un
dios y su dueño los purifica y saca fuera, y él da isuwan al hombre isuwapalla,
pero no informa a su vecino y su vecino no está advertido y los lleva [donde
están los cadáveres contaminantes], así que ellos mueren, habrá compensación.
l64-165. Si alguno va a tomar la prenda [debida por préstamo]
y hay una pelea y el acreedor rompe un gran vaso o un vaso de libaciones para
vino, debe dar 1 oveja, 10 panes y una vasija de cerveza y purificar su casa de
nuevo. Hasta que pase un año, el acreedor estará alejado de la casa del deudor.
166-167. Si alguno siembra semillas sobre semillas, la
autoridad podrán poner su cuello bajo el arado. Aparejarán 2 yuntas de bueyes y
dirigirán la cara (de una) en una dirección y la de la otra, en otra dirección.
El hombre será muerto, los bueyes lo matarán. El que sembró el campo primero lo
tomará para él. Antaño hacían así. Ahora tomarán una oveja en lugar del hombre
y 2 ovejas en lugar del buey [¿Descuartizamiento simulado con ovejas?]. El
ofensor dará 30 panes y 3 vasijas de cerveza y los purificará. El que sembró
antes el campo será el que lo recogerá.
168. Si alguno viola los límites de un campo y toma un
surco del campo del vecino. el dueño del campo vecino puede separar un gipessar
del campo (del ofensor) y quedárselo. El que ha violado los límites debe dar
una oveja, 10 panes y una vasija de cerveza y purificar el campo de nuevo.
169. Si alguno compró un campo y viola los límites [¿sin
quererlo?, cuando repare en ello], debe tomar un pan y lo partirá en honor del
dios Sol, y dirá: "Has plantado mi balanza en el terreno". Él dirá,
también luego: "¡0h, dios del Sol! ¡Oh, dios del Sol! ¡Oh, dios de la
Tormenta! ¡Que no haya litigio entre tú y yo!". [Expiación profiláctica].
170. Si una madre rasga el traje de su hijo, (o heredero)
y ella repudia por este acto a su hijo. Si su hijo entra de nuevo en su casa, y
ella toma la puerta y la abre, toma su iskissana y su hapulli de madera y los
aparta, es que ella lo acepta de nuevo. Entonces ella lo hará su hijo de nuevo
[ante la comunidad].
171. Si un hombre libre mata a una serpiente mientras
dice el nombre de otro hombre, pagará 1 mina de plata. Si el ofensor es un
esclavo, será muerto. [Sortilegio].
172. Si alguno mantiene la vida de un hombre libre en año
de hambruna, el hombre libre debe dar [luego] a su sustentador un sustituto por
él mismo. Si el hombre sustituto es un esclavo, le dará [además] 10 siclos de
plata.
173. Si alguno rechaza el veredicto del tribunal del rey,
su casa será arruinada. Si alguno rechaza el veredicto del tribunal de un
dignatario le cortarán la cabeza. Si un esclavo se levanta contra su dueño,
será puesto [encerrado vivo] dentro de una vasija de barro [hasta que muera].
174. Si un hombre lucha con otro y uno de ellos es
muerto, el homicida debe dar 1 cabeza [¿esclavo? al heredero].
175. Si un pastor o un guarda toma a una mujer libre en
matrimonio, ella será tenida por esclava durante dos o cuatro años [¿mínimo y
máximo?]. Ellos venderán los brazos de sus hijos [de ella] pero no serán atados
con la correa.
176a. Si alguno abre el corral de un toro [y el animal
escapa] es caso para el tribunal del rey. Lo pondrán en venta. Engendra en el
tercer año. El buey de labor, la oveja hembra y la cabra engendran en el tercer
año.
176b. Si alguno compra [contrata] a un trabajador, un
alfarero, un herrero, un carpintero, un trabajador del cuero, un batanero, un
tejedor o un fabricante de vestidos kapalli, pagará 10 siclos de plata (al
mes?).
177. Si alguno compra una rapaz adiestrada, pagará 25
siclos de plata. Si alguno compra a un hombre o mujer viva pagará 20 siclos de
plata.
178. El precio de: - un buey de labor es 12 siclos - un
toro es 10 siclos de plata - una vaca bien criada es 7 siclos - un buey de
labor o una vaca de un año es 5 siclos de plata - ternero recién nacido es 4
siclos. Si la vaca está encinta es 8 siclos de plata - un ternero es 2 siclos
de plata. Un semental, una yegua de tiro, un asno o un asno de tiro se tasan en
igual proporción.
179. Si es una oveja, su precio es 1 siclo de plata. El
precio de 2 cabritos es medio sicio de plata.
180. Si es un caballo de tiro, su precio es 20 siclos de
plata. El precio de un mulo es 1 mina de plata. El precio de 1 caballo (en el
pasto) es 15 siclos de plata. El precio de un semental de un año es 10 siclos
de plata. El precio de una yegua de tiro de un año es 15 siclos de plata.
181. El precio de: - un potro o potra destetada es 4
siclos de plata. - 4 minas de cobre es 1 siclo de plata - un zipaddani de
aceite bueno es 2 siclos de plata - un zipaddani de manteca es 1 siclo de plata
- un zipaddani de miel es 1 siclo de plata- 2 quesos es 1 siclo de plata - 3
piezas de cuajo es 1 siclo de plata.
182. El precio de: - un traje happusant es 12 siclos - un
traje fino es 30 siclos de plata - un traje de lana azul es 20 siclos - un
traje adupli es 10 siclos de plata - un traje iskallesar es 3 siclos de plata -
un traje /.../ es 4 siclos de plata - un traje de tejido basto es 4 siclos -
una camisa fina es 1 siclo de plata - una camisa ordinaria es /... / siclos de
plata - un vestido de 7 minas de peso es /.../ - un lienzo largo es 5 siclos de
plata.
183. El precio de: - 3 parisu de zinc es 1 siclo de plata
- 4 parisu de /.../ es /.../- 1 parisu de vino es medio siclo de plata - 1
parisu de /.../ es de /.../ 1 IKU de tierra de pantano es 3 siclos de plata - 1
IKU de tierra HA. LA. NI. es 2 siclos de plata. Si el campo linda con los del
dueño que vende, su precio es 1 siclo de plata [más?].
184. Muy fragmentario.
185. El precio de: un IKU de viñas es 1 mina de plata -
el cuero de un buey bien criado es 1 siclo de plata- 5 cueros de res lechal es
1 siclo de plata- 10 cueros de cabra es 1 mina de plata -10 pieles de ovejas
jóvenes es 1 siclo de plata - 4 pieles de cabra es 1 siclo de plata - 15 pieles
de cabras trasquiladas es 1 siclo de plata - 20 pieles de cordero es 1 siclo -
20 pieles de cabrito es 1 siclo. Quien compre la carne de 2 bueyes bien criados
pagará una oveja.
186. Quien compre la carne de 2 reses de un año dará una
oveja. Quien compre la carne de 5 reses lechales dará una oveja. Quiencompre la
carne de 10 cabras dará una oveja, la carne de 10 ovejas dará 1 oveja, la carne
de 20 corderos dará una oveja, la carne de 20 cabritos dará una oveja.
187. Si un hombre se aparea con una res es abominación,
el hombre será muerto. Lo llevarán a la Puerta del rey. Bien ordene el rey que
sea ejecutado, bien el rey conserve su vida [lo indulte], no podrá presentarse
ante el rey [¿apelar?].
188. Si un hombre se aparea con una oveja, es
abominación, el hombre será muerto. Lo traerán a la Puerta del Rey. Bien el rey
ordene que sea ejecutado, o bien el rey conserve su vida, él no podrá
presentarse ante el rey.
189. Si un hombre yace con su madre, es abominación. Si
un hombre yace con su hija, es abominación. Si un hombre yace con su hijo, es
abominación.
190. Si se aparecen a los hombres en forma de espíritu,
de varón o de hembra, no hay crimen. Si un hombre yace con su madastra, no hay
crimen. Pero si el padre vive, es abominación.
191. Si un hombre libre yace con hermanas libres y con la
madre de éstas, si unas viven en una ciudad y las otras en otra, no hay crimen.
Pero si ello ocurre en el mismo lugar y él [el lugar, la población del lugar]
conoce sus relaciones con la otra, es abominación.
192. Muy fragmentario.
193. Si un hombre tiene una esposa, y él muere, su
hermano (será el primero para) tomarla como esposa; entonces, si el hermano
muere, su padre la tomará. Si entonces muere el padre, el hijo de su hermano la
tomará a quien la tenía.
194. Si un hombre libre yace con esclavas que son
hermanas y con la madre de éstas, no hay crimen. Si hermanos de sangre duermen
con la misma mujer libre, no hay crimen. Si un padre y un hijo duermen con la
misma esclava o una prostituta, no hay crimen.
195. Si un hombre duerme con la esposa de su hermano
mientras éste aún vive, es abominación. Si un hombre tiene a una mujer libre
como esposa, y entonces tiene relaciones sexuales con su hermana [de la
esposa], es abominación.
196. Si un esclavo o esclava de un hombre comete
abominación, los trasladarán y establecerán en ciudades distintas; se tomará
una oveja en lugar de cada uno de ellos.
197. Si un hombre encuentra y yace con una mujer en las
montañas [en despoblado], es crimen y él será muerto. Pero si él la toma en su
casa, la culpable es la mujer, la violada será muerta. Si el marido los
descubre y mata, no comete crimen.
198. Si un marido trae al adúltero y a la esposa a la
Puerta del Palacio y declara: Mi esposa no será muerta, y entonces él preserva
la vida de la esposa, debe preservar también la vida del amante y ponerle una
señal en la cabeza [signo de que no le debe nada]. Si él declara: Mueran los
dos, serán pasados por la rueda. El rey puede ejecutarlos, el rey puede
preservar sus vidas.
199. Si alguno se aparea con un cerdo o un perro, será
muerto. El hombre que descubra el crimen lo llevará a la Puerta del Palacio. El
rey puede ejecutarlos, el rey puede conservar sus vidas. Pero el culpable no
podrá presentarse de nuevo ante el rey. - Si un toro salta sobre un hombre para
aparearse, el toro será muerto. El hombre no será muerto; se tomará una oveja
en lugar del hombre y será muerta.- Si un cerdo salta sobre un hombre para
aparearse, no hay crimen.
200. Si un hombre se aparea con un caballo o un mulo, no
hay crimen. Pero el hombre no puede presentarse de nuevo ante el rey ni puede
ser sacerdote.- Si alguno duerme con una ramera y yace también con la madre de
ella, no hay crimen. - Si alguno da a su hijo para que sea entrenado como
carpintero, herrero, tejedor, trabajador de cuero o batanero, pagará de tasa
por el aprendizaje 6 siclos de plata. Si el maestro lo hace un experto, el
padre dará una cabeza [¿esclavo?].